Artículo 2o. DEFINICIÓN DE RESIDENTE .
Sin perjuicio de lo establecido en tratados internacionales y leyes especiales, para efectos del régimen cambiario se considerando todas las personas naturales que habitan en el territorio nacional. Así mismo se consideran residentes las entidades de derecho público, las personas jurídicas, incluidas las entidades sin ánimo de lucro. lucro, que tengan domicilio en Colombia y las sucursales establecidas en el país de sociedades extranjeras. Se considera como no residentes las personas naturales que no habitan dentro del territorio nacional, y las personas jurídicas, incluidas las entidades sin ánimo de lucro que no tienen domicilio dentro del territorio nacional. Tampoco se consideran residentes los extranjeros cuya permanencia en el territorio nacional no exceda de seis meses continuos o discontinuos en un período de doce meses.
Artículo 3o. OPERACIONES INTERNAS .
Salvo autorización expresa en contrario, ningún contrato, convenio u operación que se celebre entre residentes se considera operación de cambio. En consecuencia, las obligaciones que se derivan de contratos, convenios u operaciones, deberán cumplirse en moneda legal colombiana.
Artículo 4o. NEGOCIACION DE DIVISAS .
Únicamente las operaciones de cambio que a continuación se indican, deben canalizarse a través del mercado cambiario: 1. Importaciones y exportaciones de bienes; 2. Operaciones de endeudamiento realizadas por residentes en el país, así como los costos financieros inherentes a las mismas; 3. Inversiones de capital del exterior en el país, así como los rendimientos asociados a las mismas; 4. Inversiones de capital colombiano en el exterior, así como los rendimientos asociados a las mismas; 5. Inversiones financieras en títulos emitidos o en activos radicados en el exterior así como los rendimientos asociados a las mismas, salvo cuando las inversiones se efectúen con divisas provenientes de operaciones que no deban canalizarse a través del mercado cambiario; 6. Avales y garantías en moneda extranjera; 7.
SOLICITA NUESTROS SERVICIOS.
Ofrecemos un paquete integral de asesoría y gestión en el que se incluyen los servicios relacionados a continuación:
- Organizamos su perfil migratorio para que su solicitud de visa colombiana de inversionista sea exitosa.
- Elaboramos y estructuramos todos los documentos necesarios para su solicitud de visa colombiana.
- Presentación de visado colombiano ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o cualquier consulado colombiano en el exterior.
- Registro y trámite de Cédula de extranjería.
- Realizamos seguimiento de su proceso migratorio.
- Traducción Legal documentos y apostilla de los requeridos para su solicitud de visa.